CONTADOR PÚBLICO CARLOS MANUEL JOAQUÍN GONZÁLEZ, GOBERNADOR DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE, EL ARTÍCULO 90 FRACCIONES III Y XX; EN CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE ME IMPONE EL ARTÍCULO 91 FRACCIONES VI Y XIII, TODOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO; CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1, 2, 6, 11 y 18 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO; Y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, adicionó al artículo 6, que en fecha 11 de junio del 2013, la obligación del Estado Mexicano de garantizar el derecho de acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación, por lo que la Administración Pública Estatal requiere una mejor cobertura de los servicios a la comunidad, para ello, es necesaria una readecuación de su estructura orgánica que la haga más dinámica y eficiente.
Que el Gobierno Federal define la Estrategia Digital Nacional, como el instrumento para impulsar la Sociedad de la Información y el Conocimiento, así como un conjunto de políticas de coordinación entre los actores públicos, sociales y privados que promueven la creación, acceso, uso y apropiación de las tecnologías, contenidos y servicios digitales que sirven como medio de distribución de información y conocimiento.
Que las tecnologías electrónicas y de comunicación han permeado en todas las actividades del ser humano, convirtiéndose en el elemento indispensable para elevar la productividad, el desarrollo humano y la cohesión social, transitando así a una sociedad de la información y el conocimiento.
Que es obligación del Estado mantener la administración pública en constante perfeccionamiento, adecuándola a las necesidades técnicas y humanas de la Entidad, proveyendo lo necesario en la esfera administrativa para exacta observancia de la Ley. Es por ello, que fue modificada la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, asignándole a la Secretaría de Desarrollo Económico el despacho de los asuntos referentes al Artículo 37, Fracción XXXIX.- Impulsar el desarrollo tecnológico y la innovación y XLI.- Emitir, normar, promover, coordinar y regular los procedimientos vinculados con el desarrollo del gobierno digital que deberán aplicar las dependencias, órganos administrativos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Estatal;
Que la visión trazada en el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, conduce su gestión hacia el objetivo de lograr un estado moderno a través de la innovación y el uso intensivo de las Tecnologías de la Información y Comunicación, como una política pública de Estado.
Que el impulso del acceso a internet, la innovación, la tecnología y el conocimiento aplicado permitirán consolidar al estado de Quintana Roo como una economía moderna, competitiva, mejorando los índices de desarrollo económico y oportunidades de bienestar para toda su población.
Que el Estado requiere establecer y dar seguimiento a las políticas públicas enfocadas a la innovación y la tecnología como fuente de modernización y desarrollo económico y social, en coordinación con los sectores públicos, privados y sociales que promueven la creación, acceso, uso y apropiación de las tecnologías, contenidos y servicios digitales.
Que el Estado generará nuevas oportunidades en la actividad empresarial, social y económica, derivado de que la tecnología, la innovación y el conocimiento aplicado en el mundo moderno han creado importantes oportunidades de negocios, nuevos procesos, productos y mejor calidad de los servicios.
Que para que la población consiga una ventaja competitiva, generar riqueza y mejorar sus niveles de vida es necesario aprovechar todos los beneficios del Internet como medio de comunicación y capacitación más usado por las sociedades modernas, dado que tiene la capacidad para construir, divulgar y explotar conocimiento, parte esencial en la población.
Que el Estado requiere un organismo especializado para coordinar la participación de los sectores público, privado y social en la ejecución de las políticas, acciones en áreas estratégicas y programas prioritarios de desarrollo de la economía, a través del uso e impulso de las TIC y la Innovación.
Que el Estado requiere un organismo con la misión de inspirar, educar, empoderar y coordinar a los líderes en la aplicación de las tecnologías exponenciales para la solución de los grandes retos del Estado.
Por todo lo antes expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO QUINTANARROENSE DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA
Descargar Documento Oficial, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo el día 21 de Noviembre de 2017