Ley de Educacion del estado de Quintana Roo

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Por unanimidad, los diputados del Congreso de Quintana Roo aprobaron esta nueva Ley que garantiza el derecho a la educación gratuita y salvaguarda los derechos laborales de los trabajadores de la educación.

Entre los beneficios de la Ley de Educación de Quintana Roo se encuentran:

  1. Gratuidad de la Educación Pública: Se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione su prestación.
  2. Calidad de la Educación: con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los alumnos.
  3. Equidad en la Educación: establecer las condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación.
  4. Se reconoce al alumno como sujeto activo en proceso formativo, se establecen derechos y disposiciones p/preservar su integridad física.
  5. Servicio Profesional Docente: ingreso al servicio docente y promoción, mediante concursos de oposición.
  6. Docentes con nombramiento definitivo a entrada en vigor de Ley Gral. Servicio Prof. Docente que no alcancen resultados, no serán separados.
    1. Podrán ser readscritos en otras áreas, conservando salarios y prestaciones, pudiendo participar en concursos de oposición para reingresar.
  7. Se establecen reconocimientos, distinciones, estímulos y recompensas a docentes que destaquen y estímulos con base en evaluación.
  8. Se crearán Escuelas de Tiempo Completo, conforme a la suficiencia presupuestal.
  9. Garantía de audiencia: al personal docente que se vea involucrado en sanciones, podrá manifestar lo que a su derecho convenga.
  10. Infraestructura Física Educativa debe cumplir con principios: calidad,seguridad, funcionalidad,oportunidad, sustentabilidad y pertinencia.
  11. Se prohibe en las escuelas, los alimentos que no favorezcan la salud de los alumnos. Se fomentarán aquellos de carácter nutrimental.
  12. La autonomía de gestión no implica la privatización de las escuelas, sino posibilidad de tomar mejores decisiones para su funcionamiento.
  13. La Educación Media Superior será OBLIGATORIA.
  14. Se establece la inspección y vigilancia a escuelas particulares y la evaluación del desempeño de sus docentes.
  15. Se establecen sanciones para quienes presten servicios educativos y cometan infracciones a la ley.

 

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