Faltas administrativas graves y no graves de los servidores públicos

Faltas Administrativas

 

Dentro de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se encuentran enunciadas las faltas administrativas por la cuales el servidor público puede hacerse acreedor a sanciones, estas faltas se dividen en graves y no graves. Las faltas no graves están descritas en el artículo 49 y 50 del ordenamiento antes citado, y serán investigadas y sancionadas por los órganos internos de control de cada institución.

  • Cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas, observando en su desempeño disciplina y respeto;
  • Denunciar los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir, que puedan constituir faltas administrativas;
  • Atender las instrucciones de sus superiores, que sean acordes con las disposiciones relacionadas con el servicio público;
  • Presentar en tiempo y forma las declaraciones de situación patrimonial y de intereses;
  • Registrar, integrar, custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo tenga bajo su responsabilidad e impedir su uso indebido;
  • Supervisar que las y los servidores públicos sujetos a su dirección, cumplan con las obligaciones que los rigen;
  • Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones;
  • Colaborar en los procedimientos judiciales y administrativos en los que sea parte;
  • Cerciorarse antes de la celebración de contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública o para la enajenación de todo tipo de bienes que no se actualice un conflicto de interés, y
  • Evitar causar daños y perjuicios a la Hacienda Pública o al patrimonio de un ente público, de manera culposa o negligente y sin incurrir en alguna de las faltas administrativas graves.

Para el caso de las faltas graves, se encuentran previstas  en los artículos 52 a 64 de la misma ley. Estas serán investigadas y substanciadas por la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaria de la Función Pública y los órganos internos de control y serán resueltas por el Tribunal de Justicia Administrativa.

  • Cohecho
  • Peculado
  • Desvío de recursos públicos
  • Utilización indebida de información
  • Abuso de funciones
  • Actuación bajo conflicto de interés
  • Contratación indebida
  • Enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de interés
  • Tráfico de influencias
  • Encubrimiento
  • Desacato

 

Chetumal, Quintana Roo