Datos Generales
Instancia Gubernamental
Tipo de servidor publico
No titular
Tipo de responsable del gasto
Comisión costeada por el sujeto obligado
Ejercicio
2026
Periodo que se reporta
agosto
Tipo de viaje
Nacional
Número de personas acompañantes
0
Importe ejercido por el total de acompañantes
0.00
Datos de la comisión
País de origen
México
Estado de origen
Quintana Roo
Ciudad de origen
Chetumal
Municipio de origen
Othón P. Blanco
País de destino
México
Estado de destino
Ciudad de destino
Ciudad de México
Motivo del encargo o comisión
Derivado del estado procesal que guarda la controversia constitucional 221/2019, resulta necesario la consulta de la totalidad de las constancias que integran el expediente de mérito. Razón por la cual deberá revisarse cada uno de los tomos que conforman
Fecha de salida
Fecha de regreso
Datos de la partida
Gasto total en pasaje (aéreo + terrestre)
0.00
Hospedaje
0.00
Viáticos ministrados
3284.68
Viáticos comprobados
3222.48
Importe ejercido por partida de viáticos
3222.48
Recurso económico
Estatal
Importe total erogado con motivo del encargo o comisión
3222.48
Importe total no erogado
0.00
Reportes
Actividades realizadas
Revisión integral de la totalidad de los tomos que conforman el expediente de la controversia constitucional 221/2019, a fin de identificar el estado procesal actual del asunto.Identificación y clasificación de los medios de convicción ofrecidos y desahogados por las partes (actor y autoridades demandadas), tales como pruebas documentales, testimoniales, periciales e inspección ocular, conforme a lo previsto en la Ley Reglamentaria del Artículo 105 Constitucional.
Resultados obtenidos
Se logró identificar de manera completa el acervo probatorio integrado al expediente 221/2019, distinguiendo entre pruebas ofrecidas por el actor (Municipio de Soconusco), las aportadas por las autoridades demandadas y las generadas por la propia Suprema Corte mediante peritos oficiales.
Se determinó cuáles medios de convicción fueron admitidos, desahogados y valorados en el procedimiento, así como aquellos que pudieron haber sido rechazados o declarados sin eficacia probatoria por improcedencia, extemporaneidad o falta de pertinencia.
Se determinó cuáles medios de convicción fueron admitidos, desahogados y valorados en el procedimiento, así como aquellos que pudieron haber sido rechazados o declarados sin eficacia probatoria por improcedencia, extemporaneidad o falta de pertinencia.
Contribuciones
El análisis realizado coadyuva a la correcta integración del criterio jurídico que deberá adoptar el Pleno de la SCJN al resolver el fondo de la controversia, al poner de relieve el contenido y alcance de las pruebas rendidas.
La revisión exhaustiva de los tomos y constancias permite detectar posibles omisiones, inconsistencias o vicios procesales que pudieran influir en la validez del procedimiento o en la fundamentación de la sentencia.
La revisión exhaustiva de los tomos y constancias permite detectar posibles omisiones, inconsistencias o vicios procesales que pudieran influir en la validez del procedimiento o en la fundamentación de la sentencia.
Conclusiones
La revisión total de las constancias del expediente de la controversia constitucional 221/2019 es una actividad procesalmente necesaria y jurídicamente relevante para asegurar que la SCJN resuelva con base en un conocimiento completo de los hechos y pruebas. En consecuencia, se considera cumplida la comisión de revisar la totalidad de los tomos y analizar los medios de convicción, quedando a disposición del órgano jurisdiccional para cualquier ampliación, aclaración o complemento que se requiera en la etapa de deliberación y sentencia.
Datos de la información
Periodo de actualización
julio - septiembre
Fecha de validación de la información
Área(s) o unidad(es) administrativas que genera(n) o posee(n) la información
DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Importe total de la comisión
3222.48
Nombre completo
ERICK CASTILLO FLORES
Cargo
VICECONSEJERO DE CONTROL CONSTITUCIONAL Y JURÍDICO CONTENCIOSO