Se aprueba la primera Reparación Integral del Daño a víctima de violación a sus derechos humanos.

Se aprueba primera reparación integral del daño a víctima de violaciones a sus derechos humanos.

En un hecho sin precedentes en nuestro Estado, el Consejo Directivo de la  Comisión Ejecutiva de Atención a Victimas (CEAVEQROO), aprobó por unanimidad el primer dictamen de reparación integral del daño consistente en medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y no repetición, de acuerdo con la Ley de Víctimas del Estado de Quintana Roo, a una víctima directa de violaciones a sus derechos humanos relativa a detención arbitraria y trato cruel degradante, así como a sus hijos (víctimas indirectas). Tras la publicación en el Periódico Oficial del Estado del Reglamento de la Ley de Víctimas del Estado de Quintana Roo (18 de enero de 2018) y los Lineamientos para el Funcionamiento del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral (13 de septiembre de 2018), en sesión extraordinaria del Consejo Directivo de la CEAVEQROO, integrada por la Secretaría de Gobierno, Secretaría de Finanzas y Planeación, Oficialía Mayor, Secretaría de Salud, Secretaría de Desarrollo Social y en calidad de Comisario de este Órgano de Gobierno la Secretaría de la Contraloría, aprobaron un plan de reparación integral que incluye la compensación apropiada y proporcional a los hechos sufridos por la víctima directa e indirectas, convirtiéndose así en las primeras personas cuyo daño sería reparado por el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral. De acuerdo con el artículo 1° de la Ley de víctimas del Estado de Quintana Roo, la reparación integral debe comprender medidas de: Restitución: Las víctimas tiene derecho al restablecimiento de sus derechos conculcados, así como a la restitución de sus bienes y propiedades si hubieran sido despojados de ellos. Rehabilitación: Busca facilitar a la víctima hacer frente a los efectos sufridos por causa del hecho punible o de las violaciones de Derechos Humanos. Satisfacción: Son las que van encaminadas a que las personas y la comunidad que se vio lastimada por el hecho violatorio cuenten con una medida que satisfaga ese daño sin que se trate de una indemnización compensatoria. No repetición: Son aquellas que se adoptan a fin de evitar que las víctimas vuelvan a ser objeto de violaciones a sus derechos y para contribuir a prevenir o evitar la repetición de actos de la misma naturaleza. Compensación: se otorgará por todos los perjuicios, sufrimientos y pérdidas económicamente evaluables que sean consecuencia de los delitos considerados como graves o de la violación de Derechos Humanos. Asimismo, esta compensación será de acuerdo a la gravedad del hecho punible. Cabe destacar que desde 2016 se le ha brindado acompañamiento jurídico a la víctima directa, con el objetivo de dar seguimiento a los resolutivos de la recomendación emitida por el Órgano Protector de Derechos Humanos del Estado. Asimismo, se le ha brindado seguimiento permanente en relación a trámites administrativos, así como seguimiento en el otorgamiento de medidas de asistencia, particularmente en materia de salud. Finalmente, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Quintana Roo refrenda su compromiso con las personas víctimas de delitos y de violaciones a los derechos humanos, a fin de garantizarles acompañamiento y acceso a la justicia y a la reparación integral.

 

Chetumal, Quintana Roo